BONIFICACIÓN IBI

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Villa de Mazo

Bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI-contribución) por realizar una instalación fotovoltaica o solar térmica

Reducción del 50% del IBI durante 10 años desde la instalación.

Reducción del 50% del IBI durante 10 años desde la instalación.

Aplicable a bienes inmuebles destinados a viviendas, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.

El inmueble sobre la que se solicite la bonificación tiene que ser de uso residencial y constituir la vivienda habitual del solicitante.

Las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.

Las instalaciones eléctricas de autoconsumo, los módulos fotovoltaicos instalados deberán tener una potencia igual o superior a 1,5 kW, por unidad funcional, susceptible de uso independiente.

La persona solicitante debe hallarse al corriente en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles sobre el bien en que recae la misma.