BONIFICACIÓN IBI

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Güímar

Bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI-contribución) por realizar una instalación fotovoltaica o solar térmica

Reducción del 50% del IBI durante 25 años desde la instalación.

Reducción del 50% del IBI durante 25 años desde la instalación.

Aplicable a bienes inmuebles cuyo uso catastral sea residencial en más de un 50% de su superficie, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.

La instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico no puede haberse realizado debido a la obligatoriedad de la normativa específica en la materia.

Las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.