BONIFICACIÓN IBI
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Candelaria
Bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI-contribución) por realizar una instalación fotovoltaica, solar térmica o hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos.
Reducción del 30% del IBI durante 5 años desde la solicitud.
Reducción del 30% del IBI durante 5 años desde la solicitud.
Reducción del 30% del IBI durante 5 años desde la solicitud.
Aplicable a bienes inmuebles inmuebles, cuyo uso catastral sea residencial en más de un 50% de su superficie, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, o en los que se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos.
La instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico no puede haberse realizado debido a la obligatoriedad de la normativa específica en la materia.
Requisitos de las instalaciones fotovoltaicas:
- Que dichas instalaciones constituyan la fuente principal de suministro de energía de la vivienda.
Requisitos de las instalaciones solares térmicas:
- Que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Requisitos de las instalaciones de puntos de recarga de vehículos eléctricos:
- Que las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.