BONIFICACIÓN IBI
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Santa Cruz de La Palma
Bonificación (descuento) en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI-contribución) por realizar una instalación fotovoltaica o solar térmica
Reducción del 50% del IBI durante 5 años desde la instalación, o hasta llegar a cubrir el 95% del presupuesto de ejecución material de la instalación.
NOTA: El importe de la bonificación anual no podrá exceder, para cada ejercicio, del 50% del coste de ejecución material de la instalación.
Reducción del 50% del IBI durante 5 años desde la instalación, o hasta llegar a cubrir el 95% del presupuesto de ejecución material de la instalación.
NOTA: El importe de la bonificación anual no podrá exceder, para cada ejercicio, del 50% del coste de ejecución material de la instalación.
Aplicable a bienes inmuebles destinados a viviendas, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.
La instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico no puede haberse realizado debido a la obligatoriedad de la normativa específica en la materia.
Las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Las instalaciones de aprovechamiento solar deben constituir la fuente principal de suministro de energía de la vivienda.
Debe presentarse la copia de licencia de obra de la instalación de paneles solares.
La persona solicitante debe hallarse al corriente de los pagos a la Hacienda municipal y se domicilien los pagos del impuesto en una entidad financiera.